Vigilancia de Spyware a Defensores de Derechos Humanos Palestinos

La designación de seis de las principales organizaciones de la sociedad civil Palestina (Addameer Prisoner Support and Human Rights Association, Al-Haq Law in the Service of Man, Bisan Center for Research and Development, Defense for Children International-Palestine, Union of Agricultural Work Committees, y Union of Palestinian Women’s Committees) como "organizaciones terroristas", es el último intento para deslegitimar su imagen y aislarlas de sus redes de solidaridad, socios y colaboradores.

Tras la pasada designación, la fundación Front Line Defenders (FLD) ha hecho pública la campaña de vigilancia, sistemática y clandestina, de Spyware en contra de todas ellas. Esta campaña tiene el objetivo de infiltrarse en los dispositivos de los defensores de derechos humanos y representantes legales del pueblo Palestino. La invasión y vigilancia, de los dispositivos de defensores de derechos humanos, significa una violación a su derecho a la privacidad, como al derecho de todas las personas que han estado en contacto y comunicación con ellas, también víctimas de dicha vigilancia. Es así que, las seis organizaciones condenan rotundamente el descubrimiento de la campaña masiva de vigilancia de spyware, como una campaña arbitraria, represiva, y alarmante; y piden una respuesta firme a la Comunidad Internacional que incluya medidas concretas.

Vigilancia de Pegasus Spyware de Defensores de Derechos Humanos Palestinos

El día 16 de octubre de 2021, Al-Haq contactó con FLD, bajo la sospecha de la infección del programa spyware en alguno de los dispositivos iPhone de sus miembros. Por todo ello, la investigación técnica concluyó con el diagnóstico de diferentes dispositivos infectados, con Spyware, desde julio de 2020. La existencia de este virus es parte del programa de Pegasus Spyware, comercializado por el Grupo Tecnológico Israelí NSO. A raíz de este descubrimiento, se han ejecutado nuevas investigaciones forenses bajo la revisión del Citizen Lab y el Laboratorio sobre Seguridad de Amnistía Internacional. Esta investigación, que revisó 75 dispositivos móviles propiedad de diferentes defensores de derechos humanos y empleados de organizaciones de la sociedad civil Palestina, reveló que al menos cinco dispositivos adicionales más fueron también intervenidos. Entre ellos se encuentran los dispositivos de: Ghassan Halaika, investigador en la sede de Jerusalén de Al-Haq; Ubai Al-Aboudi, Director Ejecutivo del Centro Bisan para la Investigación y el Desarrollo (Bisan Center for Research and Development); y Salah Hammouri, abogado y defensor de derechos humanos.

Con motivo del hallazgo, el 8 de noviembre de 2021, FLD declaró: "Cuando se instala un Pegasus en un dispositivo, el agresor tiene acceso completo a los mensajes, correos electrónicos, medios de comunicación, micrófono, cámara, contraseñas, llamadas y llamadas ejecutadas por medio de aplicaciones, datos de ubicación, y contactos. El programa de Spyware tiene también el poder de activar la cámara y el micrófono del teléfono en cuestión, como de espiar las llamadas y las actividades ejecutadas por el propietario del dispositivo."

La investigación conjunta entre FLD, Citizen Lab y Laboratorio sobre Seguridad de Amnistía Internacional ha confirmado que la fuente detrás del programa Pegasus Spyware corresponde a los servicios Israelíes del mismo. Estos servicios se han usado, con anterioridad y de manera masiva, como una herramienta de vigilancia para poner el foco y facilitar la represión sistemática contra activistas de los derechos humanos, abogados, periodistas, y representantes políticos. Según lo publicado, el Proyecto global de Pegasus ha analizado más de 50.000 números de teléfono hasta la fecha de julio de 2021. Tras la afirmación mordaz del Proyecto Pegasus, el Grupo NSO alegó -de manera irónica- que el uso del programa Pegasus spyware se limita únicamente a los servicios de inteligencia gubernamental y a los organismos de seguridad, encargados de hacer cumplir la ley en referencia a la lucha contra el terrorismo y la delincuencia.

El 3 de noviembre, el Departamento de Comercio de los Estados Unidos anunció la incorporación del Grupo NSO en su "listado de entidades". La presencia del grupo en esta lista prohíbe de efectivo su negocio, y señala que "estas herramientas han permitido a gobiernos extranjeros de llevar a cabo una represión transnacional [y que] tales prácticas significan una amenaza para el orden internacional, basado en el cumplimiento de normas." Es importante destacar que, a pesar de los acuerdos de la compañía con los Estados Unidos y Francia, el caso de Ubai Al-Aboudi y Salah Hammouri evidencian el incumplimiento y la violación consecutiva del pacto de no vigilar a sus conciudadanos.

Reducir nuestro espacio, vulnerar nuestro derecho a la privacidad

El 19 de octubre, el Ministro de Defensa Israelí designó a seis organizaciones de la sociedad civil Palestina como "organizaciones terroristas." Esta designación se puso en práctica bajo la Ley Anti-Terrorista (5776-2016) de la de Ley Nacional de Israel. Dos semanas más tarde, el día 3 de noviembre, el Comandante Militar Israelí del Área de Cisjordania emitió seis órdenes militares diferentes, en contra de todas ellas. Por separado, estas órdenes anunciaron la "ilegalidad" de las seis organizaciones, bajo las Regulaciones de Defensa (Emergencia) del año 1945. Estas regulaciones se remontan al Mandato Británico, que las derogó poco antes de terminar con su mandamiento y que, poco después, Israel decidió de resucitar -de manera ilegal- con tal de ejecutar numerosos actos de persecución en contra de la población Palestina bajo protección[1].

Este anuncio prohíbe e ilegaliza el trabajo vital de las organizaciones Palestinas y las pone en riesgo inminente del cierre forzoso de sus oficinas, como de la detención arbitraria de los miembros de sus equipos. Además, este representa un intento alarmante de criminalizar y desvirtuar los esfuerzos en la promoción de la realización de los derechos humanos del pueblo Palestino, y la búsqueda por responsabilizar a Israel por medio de mecanismos internacionales. Este acto quiere desacreditar la labor básica y esencial de estas seis organizaciones, con el objetivo de aislarlas lejos de la comunidad internacional y cortar así sus fuentes de financiación. En la práctica, este tipo de designaciones, en contra de organizaciones Palestinas, capacita a Israel con la habilidad de cerrar sus oficinas, confiscar sus activos, donde se incluyen sus cuentas bancarias, y arrestar como detener a sus empleados.

El paralelismo en el tiempo, de la investigación de FLD con la designación de Israel, es realmente preocupante. Las designaciones del Ministro de Defensa Israelí, acerca de las organizaciones de la sociedad civil, tuvieron lugar pocos días antes del inicio de la mencionada investigación. Esta coincidencia puede equivaler a un intento por encubrir preventivamente pruebas de vigilancia y ocultar las acciones encubiertas del programa de spyware.

La vigilancia sistemática de los defensores de derechos humanos Palestinos se suma a una lista interminable de acciones coordinadas e inaceptables, bajo el mando de los organismos gubernamentales Israelíes y sus asociados. Este control tiene el objetivo de instigar y llevar a cabo una campaña sistemática y organizada de calumnias e intimidaciones, así como una campaña represiva en contra de la sociedad civil Palestina. En las últimas décadas, la puesta en práctica de estas técnicas ha incluido diferentes campañas de difamación, con la finalidad de etiquetar a los defensores de derechos humanos como "terroristas," e incitar al odio racial y a la violencia por medio de detenciones arbitrarias, la práctica de malos tratos y tortura, amenazas de muerte, prohibiciones de viajar, revocaciones de residencia y deportaciones.

En febrero de 2019, Al-Haq presentó a la Relatora de las Naciones Unidas sobre la promoción y la protección del derecho a la libertad de opinión y expresión, un Informe sobre la industria de vigilancia de Israel. Aprovechando el aparato de vigilancia utilizado en el muro de apartheid (operado por Elbit), y el proyecto de vigilancia en el Casco Antiguo de Jerusalén (por Mabat 2000), esta publicación arrojó luz sobre las interrelaciones entre el ejército Israelí y la industria de vigilancia privada de Israel. Es más, esta presentación puso sobre la mesa el uso alarmante del programa Pegasus spyware, como una herramienta para silenciar a los defensores de derechos humanos en diferentes países del mundo, entre ellos: Bahrein, Kazajstán, México, Marruecos, Arabia Saudita, y los Emiratos Árabes.

Persecución de los defensores de derechos humanos, uno de los principios del Apartheid Israelí

Para empezar, Israel como miembro del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR) tiene la obligación de proteger los derechos de toda persona a la intimidad, la opinión y la expresión; como el derecho a contar con opiniones sin injerencias y buscar, recibir, y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras y por medio de cualquier medio de su elección (Artículo 19). El derecho a la libertad de opinión y de expresión también está garantizado bajo el Artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, como en el Artículo 5 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial.

Además, el Artículo 17(1) del ICCPR declara que "nadie será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio, o su correspondencia". En términos de vigilancia, el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ya advirtió que, "los ataques contra un individuo, debido al ejercicio de su derecho a la libertad de expresión, no están justificados bajo el artículo 19(3)." El mismo Comité subrayó la importancia por proteger a las "personas que participan en la reunión y en el análisis de información sobre la situación de derechos humanos, y que publican informes con relación a los derechos humanos, donde se incluyen jueces y abogados."[2] Asimismo, el Artículo 2 del ICCPR menciona las obligaciones de los Estados por proteger los defensores de derechos humanos (entre muchos más) de la interferencia de terceros; artículo que impone a los Estados la obligación de respetar y garantizar a todos los individuos, que se encuentren en su territorio y estén sujetos a su jurisdicción, los derechos reconocidos en el Pacto. Mientras que el Artículo II(c) de la Convención sobre el Apartheid, prohibido como crimen de apartheid, declara que "cualesquiera medida legislativa o de otro orden destinada a impedir a uno o más grupos raciales la participación en la vida política, social, económica y cultural del país… en especial denegando a los miembros de uno o más grupos raciales los derechos humanos y libertades fundamentales, entre ellos… el derecho a la libertad de opinión y de expresión, y el derecho a la libertad de reunión y de asociación pacífica."

Las empresas y los negocios no operan en un vacío sin derechos humanos. Los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, codifican el deber de los Estados por proteger y responsabilizar a las empresas de respetar los derechos humanos en el curso de sus actividades empresariales. En particular, las empresas deben aplicar: "políticas y procedimientos apropiados en función de su tamaño y circunstancias, a saber: (b) un proceso de diligencia debida en materia de derechos humanos para identificar, prevenir, mitigar, y rendir cuentas de cómo abordan su impacto sobre los derechos humanos," como bien recoge el Principio número 15. En ese sentido, conforme con los Principios recogidos entre el número 17 al 21, la diligencia debida en materia de derechos humanos exige que la empresa lleve a cabo evaluaciones adecuadas y periódicas sobre los efectos en los derechos humanos, manifestados e integrados en el código de conducta de la empresa. En las zonas afectadas por dichos conflictos, este requisito es mayor por motivo de dicha diligencia. Por consecuencia, Israel tiene la responsabilidad de impedir que empresas como Pegasus, establecida bajo su jurisdicción, cometan violaciones severas de los derechos humanos por medio de la vigilancia a defensores de derechos humanos del pueblo Palestino, en el territorio ocupado.

#StandWithTheSix (álzate con las seis organizaciones) antes de que se conviertan en cientos

Es de gran preocupación que, dos semanas más tarde de la designación siniestra de seis organizaciones de la sociedad civil como "organizaciones terroristas", las libertades más fundamentales han sido vulneradas en el caso de tres defensores de derechos humanos Palestinos. Esta vulneración se ha ejecutado por medio de prácticas de vigilancia, que se han infiltrado en todos los aspectos de su vida privada, profesional, como en las vidas de todas las personas por las que trabajan -también víctimas, además de las comunicaciones con funcionarios internacionales y nacionales, periodistas, abogados, y compañeras y compañeros. Esta última revelación muestra, una vez más, el alcance de la incapacidad de Israel para regular la industria de vigilancia en su territorio, permitiendo que sea la industria privada la responsable de vigilar los derechos humanos, con total impunidad. Dicha impunidad es una cuestión global de derechos humanos, que requiere una respuesta coordinada a nivel mundial en nombre de la comunidad internacional, en todo su conjunto.

A la luz de la gravedad sin precedentes de la intrusión múltiple del programa de Pegasus Spyware, en la vida y trabajo de los defensores de derechos humanos Palestinos, las seis organizaciones instan a la Comunidad Internacional a proporcionar protección inmediata a todas las víctimas identificadas de la infiltración y vigilancia de Spyware, como el cese inmediato de cualquier tipo de infiltración, similar al programa spyware, actualmente en curso.

Es así que las seis organizaciones urgen a la Comunidad Internacional a adoptar medidas inmediatas para rendir cuentas con Israel (creador de Pegasus Spyware) acerca del cumplimiento de sus obligaciones bajo del derecho internacional, en particular:

  • Exigir una suspensión inmediata sobre la venta, transferencia y uso de todas las formas de tecnología de vigilancia, particularmente el Pegasus spyware del Grupo NSO, hasta que se lleve a cabo una investigación independiente de su operación en Palestina, a fin de identificar la fuente y alcance de sus actividades de vigilancia, ejercitadas en contra de los defensores de derechos humanos Palestinos, y sus vínculos con el gobierno Israelí;
  • Exigir una auditoría completa de las empresas Israelíes que fabriquen equipos de vigilancia, y definir sus conexiones con los órganos gubernamentales de Israel, así como su participación en vulneraciones de los derechos humanos en Palestina y en todo el mundo;
  • Pedir el diseño y la aplicación de un marco normativo estricto para prevenir, mitigar, y corregir los efectos de la industria de vigilancia en los derechos humanos, y así garantizar el cumplimiento y conformidad con el derecho internacional de derechos humanos; especialmente con el principio de diligencia en materia de los derechos humanos, recogido en los Principios Rectores sobre las empresas y los derechos humanos de las Naciones Unidas;

Las seis organizaciones instan a:

  • La Oficina de Derechos Humanos de las Naciones Unidas a informar sobre las empresas de vigilancia masiva que operan con asentamientos Israelíes en el territorio palestino ocupado, para incluirlas en la base de datos de las Naciones Unidas sobre Actividades Comerciales;
  • Todos los Estados a que congelen de inmediato sus acuerdos comerciales de  armamento y equipos de vigilancia con Israel, y exigir la explicación de Israel sobre sus vínculos de su industria de vigilancia;
  • La Fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI) a incluir la vigilancia de los defensores de derechos humanos Palestinos en la investigación actual sobre la situación del Estado de Palestina, como medio de persecución de todas las personas defensoras que se oponen al régimen de apartheid Israelí;
  • Los defensores de los derechos humanos y a los miembros de la sociedad civil a pasar a la acción y tomar medidas para responsabilizar de cualquier operación, similar al programa de spyware, alrededor del mundo.
 

[1]  S. Darcy, 'Punitive House Demolitions, the Prohibition of Collective Punishment, and the Supreme Court of Israel' 21 Penn State International Law Review (2002-2003) 477, 481.

[2] A/HRC/41/15, "Surveillance and human rights Report of the Special Rapporteur on the promotion and protection of the right to freedom of opinion and expression" (28 de mayo de 2019) párrafo 26, disponible en: " https://citizenlab.ca/wp-content/uploads/2019/06/Special-Rapporteur-report-Surveillance-and-human-rights.pdf "