Objeción de las Organizaciones Palestinas Declaradas Como ‘Asociaciones Ilegales’ a la Designación Militar Israelí: Por Ser una Decisión Ilegal Privada del Debido Procedimiento

Las principales organizaciones de derechos humanos y de la sociedad civil, declaradas como “asociaciones ilegales,” han presentado un procedimiento de objeción para exigir la anulación de tal decisión. El comandante militar de los Territorios Palestinos Ocupados (TPO) anunció que las evidencias, que supuestamente prueban esta decisión, permanecerán siendo secretas.

El día 3 de febrero de 2022, las principales organizaciones de derechos humanos y de la sociedad civil de Palestina presentaron una objeción contra el procedimiento del comandante militar israelí de los Territorios Palestinos Ocupados (TPO), en el área de Cisjordania, que las designa como “asociaciones ilegales” bajo el Reglamento de Emergencia (Defensa) de 1945. La presente objeción es consecuencia de la decisión del ministro de Defensa Israelí -Benny Gantz, tomada el 21 de octubre de 2021, que define a estas organizaciones como “asociaciones terroristas” bajo la Ley Antiterrorista de Israel del año 2016.   

Las organizaciones afectadas, parte de esta objeción, son las siguientes: Addameer, Al-Haq, Bisan Centro para la Investigación y el Desarrollo (‘Center for Research and Development’), Defensa de Niños y Niñas Internacional – Palestina (‘Defence for Children International’), y la Unión de Comités de Mujeres Palestinas (‘Union of Palestinian Women’s Committe’). La Unión de Comités de Trabajo Agrícola (‘UAWC, Union of Agricultural Worker’s Committee’) fue declarada como ilegal antes de las designaciones en cuestión, y por ello que no forma parte de este procedimiento concreto.

El 16 de diciembre de 2021, las cinco organizaciones enviaron una carta a las autoridades israelíes donde pedían la revelación de toda la documentación que fundamenta los hechos para tal designaciones. En la carta, el equipo jurídico de las organizaciones argumentó que, sin acceso a todos los materiales acusatorios, no existe justicia, imparcialidad ni el proceso debido para la defensa de todas ellas.

El 2 de enero de 2022, las autoridades militares israelíes respondieron a la carta señalando que permitirían a los grupos inspeccionar los materiales que no estuvieran clasificados. Sin embargo, en la misma, destacaron que el núcleo central de las designaciones se fundamenta en información confidencial de los servicios de inteligencia y que, por “razones de seguridad,” no se les podrá ser revelada.

La objeción, presentada por los equipos jurídicos de – Adalah Centro Jurídico, las oficinas del abogado Michael Sfard y las oficinas del abogado Jawad Boulus - procede a la negativa reiterada de las autoridades israelíes por revelar las presuntas “pruebas” contra estas organizaciones. Por esta razón, esta declaración exige también la cancelación, por completo, de todas las designaciones mencionadas.

Las cinco organizaciones han puesto en relieve que las declaraciones de las autoridades israelíes constituyen una violación flagrante y extrema del derecho internacional, ya que niegan al pueblo palestino de los elementos básicos y mínimos para la realización del derecho a la autodeterminación. La objeción pone sobre la mesa una larga lista de críticas internacionales sobre las acciones de Israel contra las organizaciones mencionadas, formuladas tanto por Estados como por la comunidad internacional de organizaciones de derechos humanos. A menudo, este criticismo hace referencia a dichas designaciones como un ataque colectivo al pueblo palestino en su totalidad, así como un intento por criminalizar a la sociedad civil palestina. Asimismo, diferentes Estados han indicado en sus declaraciones que el material que el Ministerio de Asuntos Exteriores Israelí les había presentado no les convencía, ya que dicho contenido no justificaba las designaciones establecidas.

El recurso de objeción incluye una descripción detallada de las actividades y de la labor de las cinco organizaciones, así como todas las personas beneficiarias que reciben sus servicios. Además, la objeción hace hincapié en la larga trayectoria de las organizaciones en cuestión -varias de las ellas funcionando desde hace décadas, al igual que en la centralidad de estos grupos en la vida cuotidiana de la población palestina, que sufre una ocupación prolongada desde hace años. En estas circunstancias, las acciones de Israel no pueden interpretarse de ninguna otra forma que, como un ataque políticamente motivado contra las personas defensoras de los derechos humanos palestinos, así como un “intento por destruir a la sociedad civil palestina.”

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Los principales argumentos jurídicos que se plantean en la objeción son los siguientes:

  • Sin el debido procedimiento: las designaciones son ilegales, ya que únicamente se basan en pruebas secretas. El comandante militar anunció que no facilitará – a las organizaciones – ningún material que les permita defenderse, lo que conlleva la negación rotunda de la realización del proceso debido. 
  • Sin pruebas: los militares no presentaron ninguna prueba que relacione las organizaciones con la actividad ilegal, la implicación ilegítima, o la malversación de fondos. Por ello, las organizaciones sentencian y acusan que no se ha proporcionado tal material porque no existe.
  • Conflicto de intereses: el proceso de objeción en sí mismo está contaminado por un conflicto de intereses, ya que el responsable de las designaciones – el comandante militar israelí – es el mismo que decidirá sobre la objeción presentada.
  • Violación del estado de derecho: el comandante militar operó sin autoridad, puesto que se amparó en el Reglamento de Emergencia de 1945, condicionado por la orden del ministro de defensa; un proceso que, tras la adopción de la Ley Antiterrorista de 2016, no existe en la Ley Israelí.

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