Incriminación de una poetisa: el caso de Dareen Tatour
El 11 de octubre de 2015, Dareen Tatour fue arrestada en Reineh, cerca de Nazaret. Posteriormente, el 2 de noviembre del pasado año fue procesada en los juzgados de primera instancia israelíes. La han acusado de “incitación a la violencia” (en virtud del artículo 144(d)2 del código penal de 1979) y de “apoyar a una organización terrorista” (de acuerdo a los artículos 4(b) y (g) de la ordenanza de prevención del terror de 1948) en relación a sus publicaciones en Facebook y en Youtube, así como lo mostrado en sus poesías. Estuvo bajo arresto domiciliario hasta el final del proceso judicial. Como condición para obtener su libertad bajo fianza, se la expulsó de su ciudad natal, Reineh. Ahora mismo se encuentra en Tel Aviv bajo la supervisión de dos guardias y está obligada a llevar un dispositivo electrónico de localización en el tobillo. Se le ha prohibido el uso de Internet.
Análisis legal
La acusación alega la relación existente entre Dareen Tatour y la incitación a la violencia en sus publicaciones de Facebook y Youtube en los que supuestamente alaba, se muestra simpatizante y pide el apoyo “para una organización terrorista”. La acusación utiliza estas alegaciones de manera general, sin llegar a especificar que de verdad Dareen haya mostrado su apoyo a una organización terrorista.
Incriminación de una poetisa y Facebook
La acusación (en la sección 5) hace referencia a un poema de Dareen, titulado “Resiste, pueblo mío, resiste1”. El poema hace mención al colonialismo sufrido por Palestina, a la ejecución extrajudicial de Hadil Hashlamon a manos de las fuerzas de la ocupación israelí y a la quema de niños palestinos vivos (probablemente se refiera a Mohammad Abu Khdeir y al bebé de 18 meses Ali Dawabshe). En el párrafo B-2 de la acusación, se afirma que “el 11 de octubre de 2015, la cuenta de Facebook de la acusada contaba con 4.731 seguidores que se definen como `amigos´”. Se ha convertido en práctica común que la acusación revele este tipo de información, tanto en los tribunales israelíes civiles como los militares en los territorios ocupados. Estos datos estadísticos se mencionan de manera rutinaria para cubrir la ausencia de pruebas directas relacionadas con las publicaciones en las redes sociales de los palestinos que son acusados de incitación a la violencia. Con casi toda certeza, se recurre a proporcionar estas informaciones irrelevantes en un intento de exagerar los efectos que provocan dichas publicaciones y mensajes.
La acusación alega que las publicaciones de Dareen en Facebook promueven la intifada. Además, hacen referencia a una de las publicaciones que muestra una imagen de Isra’a Abed, procedente de Nazaret y quien fue disparado por guardias israelíes en la estación de autobuses de Afula. El testigo policial en este caso se refirió a Isra’a como terrorista, pero sin embargo, Isra’a Abed no fue condenado por ningún cargo relacionado con ningún ataque terrorista. Es más, la difusión de las imágenes se convirtió en todo un símbolo de los disparos extrajudiciales a palestinos sin la más mínima evidencia de que estos individuos supongan una amenaza viable.
La acusación también hace referencia a la imagen de perfil en la que se puede leer el texto “Soy el próximo mártir”, mensaje que fue ampliamente difundido por los palestinos después de que la policía israelí quemara vivo a Muhammad Abu Khdeir y llevara a cabo ejecuciones extrajudiciales. Durante el juicio, la acusación, además, alegó que Dareen leyó un poema para conmemorar a las 49 víctimas de la matanza de Kafr Qasim en el año 1956 y otro en los eventos celebrados en relación al Día de la Mujer en Nazaret.
Derecho internacional
La acusación que presenta cargos contra Dareen por su poesía y por sus expresiones muestra una total indiferencia hacia el reconocimiento internacional del derecho de libertad de expresión. El artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos estipula que “todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión; este derecho incluye la libertad de mantener sus opiniones sin interferencias y la libertad de buscar, recibir y difundir información e ideas a través de cualquier medio sin que existan fronteras”. El artículo 19 (1) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establece que “todo individuo tiene derecho a mantener sus opiniones sin interferencias”. El artículo 19 (2) también afirma que “toda persona tiene derecho a la libertad de expresión y de opinión; este derecho incluye la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de cualquier índole, sin que existan fronteras, ya sea por vía oral, escrita o impresa, o en forma artística o en cualquier otro modo que elija el individuo”. A pesar de que la libertad de opinión y de expresión está garantizada en estos convenios internacionales de derechos humanos, las autoridades israelíes continúan violando estos derechos codificados internacionalmente por medio de la criminalización de la expresión de los palestinos en las redes sociales. El arresto y la detención de Dareen y de otros palestinos tienen lugar en el contexto del castigo colectivo, de las medidas punitivas y de la represión del pueblo palestino.
1 Traducido por Tariq Al-Haidar. Disponible en: https://arablit.org/2016/04/27/the-poem-for-which-dareen-tatours-under-…